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Puerto Boyacá, Colombia

SALUD OCUPACIONAL -MEDICINA LABORAL – SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

OCUPACIONALES

En nuestra IPS, contamos con Profesionales Médicos Especialistas en Seguridad y Salud en el Trabajo, que evalúan al trabajador y cada una de las pruebas realizadas según los profesiogramas empresariales, Resultado de la atención generamos para su empresa el Concepto Medico Ocupacional, según el cargo de sus colaboradores y los requisitos para la Labor Asignada. Contamos con los siguientes exámenes Ocupacionales:

  •  Examen Pre ocupacional o de ingreso
  •  Examen Periódico
  •  Examen de Egreso
  •  Examen de Reubicación laboral o Cambio de labor
  •  Examen Post incapacidad
  •  Exámenes para Trabajo en alturas, espacios confinados

Manipulación de alimentos.

  • Énfasis Cardiovascular, Dermatológico, para trabajos de Alta tensión

Visiometría

Audiometría

Espirometría

Imagenología – Rx – Ecografías

Electrocardiograma

Toma de muestra de laboratorio clínico

Psicología

Te asesoramos y apoyamos en:

  • Investigación de accidentes
  • Programas de vigilancia epidemiológica
  • Prevención en riesgo cardiovascular y enfermedades osteomusculares
  • Suministro de personal de la Salud y HSE
  • Pausas Activas
  •  Auditoría
  •  Dotación de equipos
  •  Servicio de Transporte NO Asistencial de Pacientes
  •  Capacitación y asesorías
  •  Elaboración de programas de salud ocupacional

PREOCUPACIONALES O DE INGRESO

Este examen es realizado por nuestro Médico especialista en Salud Ocupacional, en él se evalúa las capacidades que tiene el aspirante, para realizar las actividades que son propias del cargo al que aspira y los resultados obtenidos en las pruebas complementarias. Al finalizar se obtiene:

  • Verificar la aptitud del trabajador para realizar las labores del cargo, sin afectar su salud o la de las personas en su entorno.
  •  Validar las capacidades físicas y mentales, en búsqueda de desviaciones y riesgos asociados a la actividad.
  • Registrar cualquier condición de salud inclusive de mínima relevancia, que pueda ayudar a determinar acciones y/o indicaciones médicas, que disminuyan el riesgo del trabajador al momento de realizar sus actividades.

PERIÓDICOS

Los exámenes periódicos se pueden presentar por vencimiento a través del tiempo o por cambio de Cargo del trabajador, teniendo en cuenta que los trabajadores se exponen constantemente a los factores de riesgo en sus labores rutinarias, este examen busca detectar tempranamente alteraciones temporales, permanentes o agravadas del estado de salud del trabajador ocasionadas por su labor o por la exposición al medio ambiente de trabajo. En este momento también se pueden identificar condiciones de salud de origen común, que de no mantener un adecuado manejo puede poner en riesgo las condiciones de salud del trabajador.

REQUERIDOS PARA ALTURAS

  • Valoración médica por especialista en salud ocupacional, con énfasis en osteomuscular y neurológico.
  • Audiometría.
  • Optometría.
  • Espirometría.
  • Laboratorio clínico.
  • Electrocardiogramas mayores de 40 años.
  • Test de vértigo.
  • Valoración psicológica.

DE EGRESO

Este examen es realizado cuando el trabajador termina el vínculo laboral con el empleador. En este el Médico especialista en Salud Ocupacional deja registrada la condición de salud en que el trabajador termina su labor.

MECANISMOS DE SEGURIDAD PARA LA ATENCIÓN EMPRESARIAL

Con el fin de evitar suplantaciones y garantizar la plena identificación del trabajador en nuestra Ips contamos con mecanismos que nos permite tener seguridad en la Autenticidad del paciente y prevenir con ella la suplantación como lo son:

  • Procesos de identificación (No se realizan atenciones sin la presentación del documento de Identidad en original)
  •  Lector Biométrico (huella).
  •  Fotografía Digital (foto digital).
  •  Firma Digital (tabla digital).

PORQUE DEBEMOS REALIZAR EXÁMENES A LOS TRABAJADORES Y CUALES DEBEMOS REALIZARLES

El Ministerio de la Protección Social en su Resolución del 2346 de 2007 y 1016 de 1989. Manifiesta la obligatoriedad de realizar al trabajador exámenes de Ingreso, 

 

Periódicos y de egreso además de los exámenes complementarios que se requieran según las actividades a desarrollar y el cargo a ocupar. Lo anterior en función del subprograma de medicina preventiva y del trabajo, lo que obliga a que toda organización empresarial cuente y cumpla con lo descrito en un Profesiograma

Resolución del 2346 de 2007

Art 1. Esta disposición aplica para toda entidad que emplee personas; sea de carácter privado o público. 

Art 9. Deben ser realizadas por médicos especialistas en medicina del trabajo o salud ocupacional con licencia vigente de salud ocupacional.

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